LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
En uso de las facultades conferidas por nuestra Constitución Política y demás Leyes de la República:
ACUERDA
I.- Nombrar de manera indefinida al Doctor LUIS GERARDO RODRÍGUEZ OLIVAS, Magistrado en Comisión de Servicio para atender las funciones siguientes:
1. Asesorar a la Sala Civil Número Dos del Tribunal de Apelaciones de Managua en las funciones propias de dicha Sala.
2. Atender, dirigir, organizar y ejecutar de manera plena los asuntos administrativos del Tribunal de Apelaciones Circunscripción Managua.
3. Atender, dirigir, organizar y ejecutar de manera plena los asuntos administrativos del departamento de Managua.
4. Atender, dirigir, organizar y ejecutar de manera plena todo lo relativo a la implementación del Nuevo Modelo de Gestión de despachos Judiciales en el Tribunal de Apelaciones Circunscripción
Managua y Juzgados de la misma Circunscripción.
5. Integrar las Comisiones de Trabajo que a tal efecto organice la Corte Suprema de Justicia.
II.- Nombrar a la Doctora MARTHA LORENA QUEZADA SALDAÑA, Magistrada en Comisión de Servicio para atender las funciones siguientes:
1. Asesora a la Sala Penal Número Dos del Tribunal de Apelaciones de Managua en los asuntos propios de esa Sala.
2. Participar como docente en los cursos, seminarios, post grados y demás eventos que organice la Escuela Judicial y requieran de su concurso en la organización y discusión.
3. Integrar las Comisiones de Trabajo que a tal efecto organice la Corte Suprema de Justicia.
III.- Nombrar a la Doctora PERLA MARGARITA ARRÓLIGA BUITRAGO, en Comisión de Servicio para atender las siguientes funciones:
1. Fungir como Secretaria Ejecutiva de la Comisión Redactora del Anteproyecto del Código Procesal Civil de Nicaragua, que a tal efecto ejecute la Corte Suprema de Justicia.
2. Integrar las Comisiones de Trabajo que a tal efecto organice la Corte Suprema de Justicia.
Los Magistrados nombrados en los acápites que anteceden gozarán de los mismos beneficios económicos que los Magistrados de Tribunales de toda la República.
Surte efecto a partir del once de octubre del año 2010.
Comuníquese y publíquese.
Managua, seis de octubre de dos mil diez.
Defensoría Pública de Nicaragua
Reloj
El 19
La Primerísima
ACUERDO No.133
lunes, 11 de octubre de 2010Publicado por poder judicial en 13:21
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